Un acta notarial es un tipo de documento notarial o escritura pública que contiene una relación fehaciente que hace el notario de hechos que presencia o que le constan.
A veces se contrapone el concepto de “acta notarial”, que contiene una relación de hechos, a la “escritura pública” entendida no como cualquier documento notarial, sino únicamente aquél que contiene negocios jurídicos.
Se define al notario como “el profesional del Derecho investido de fe pública por el Estado, y que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, y conferir autenticidad y certeza jurídicas a los actos y hechos pasados ante su fe, mediante la consignación de los mismos en instrumentos públicos de su autoría.
El notario conserva los instrumentos en el protocolo a su cargo, los reproduce y da fe de ellos. Actúa también como auxiliar de la administración de justicia, como consejero, árbitro o asesor internacional, en los términos que señalen las disposiciones legales relativas.” aunando lo anterior podríamos decir que el Notario es un auxiliar “en la administración de justicia”.
Donde quiero llegar con esto, los abogados que no son notarios pero que redactan en sus oficinas por asunto de procesos judiciales actos notariales, teniendo siempre un notario socio, amigo o empleado, que les firman los actos notariales.
Cuando redactamos actos notariales cualquier tipo de acto que sea, tenemos que pagar ciertas cantidades de dinero como son:
1. hay que pagarle al notario que nos firma y sella el acto,
2. hay que pagarle al colegio de notario, para poder depositarlo en cualquier tribunal
3. Hay que pagarle a la procuraduría general de la República por el registro,
4. Hay que pagarle al Consejo del Poder Judicial
5. hasta al ayuntamiento le toca cobrar por un simple acto notarial.
6. y cuando un acto notarial viene del extranjero, paga en el consulado dominicano del país de donde viene en moneda local y también paga aquí, en Rd. en el ministerio de relaciones exteriores Mirex y este mismo documento también le paga impuesto al consejo del poder judicial, ósea el mismo documento está pagando tres veces a diferentes instituciones tasa de impuestos.
Porque un mismo acto notarial debe de pagar tanto impuestos? ES MI PREGUNTA
Las leyes, los reglamentos, las resoluciones, que imponen ciertas mediadas mucha veces arbitraria, pero que perjudican el ejercicio del derecho en la República Dominicana, podríamos decir que esta es una de ella.
La cantidad de impuestos que un mismo acto notarial tiene que pagar antes de culminar cualquier tipo de proceso en el que esté involucrado un acto notarial no importa el tipo de acto que sea, es algo sobre lo que debemos hablar, plantear otras medidas menos perjudicial para el profesional del derecho.
Colegio de notario, Procuraduría General de la República, Consejo del Poder Judicial, Los ayuntamiento de las distintas provincias, Ministerio de relaciones exteriores, a todos hay que darle su parte en la elaboración de un simple acto notarial.
solucion: eliminar la mayoria de esos impustos que ya son bastante lo que tenemos que pagar a esas instituciones.
Y al profesional del derecho que redacta el acto y no es notario, pero que ese acto es parte de un proceso, solo le queda el placer del deber cumplido.
Por: Lic. Milbia Guerrero
Abogada y Periodista