Millones de familias alrededor del mundo han quedado sorprendidas con esta decisión
de suspensión de otorgamiento de visados en contra de los indicados países. Esta
medida entraría en vigor el próximo 21 de enero del presente año 2026.
Han sido altamente conocidas las intenciones de las autoridades migratorias de tan
importante nación estadounidense, de hacer cumplir las normas y evitar mayores
cargas públicas, por lo que los ciudadanos de los países afectados sin dudas han sido
considerados como tales.
Muchos factores han incidido con las naciones afectadas, su inseguridad jurídica,
la falta de arraigos de los posibles reagrupantes sin dudas que jugaron un papel
importante al momento de la selección de países.
Muchos nos han preguntado ¿porque se ha quedado fuera de las 75 naciones la
República Dominicana?
Para la República Dominicana su desarrollo económico sólido, seguridad jurídica para
las inversiones extranjeras y excelentes relaciones diplomáticas con los EE. UU., nos
benefician para seguir fuera de los países que representen carga o peligro para los EE.
UU. Es el momento idóneo para seguir fortaleciendo vínculos, y sobre todo educando
a nuestros dominicanos y dominicanas para evitar la comisión de fraude migratorio.
Ahora bien, ante posibles cambios y de hecho ya se han ordenado investigaciones más
exhaustivas en las aplicaciones de reunificación familiar, en ese sentido es oportuno que
inicien sus peticiones y también aquellas personas que no han sido provistas de visados
de no inmigrantes b1/b2, aprovechen y asesórense sobre lo que debe ser su nuevo
proyecto de solicitud de visado en este 2026.
Otro tema importante es la renovación de su visado, no se apresure a someter la
aplicación sin antes recibir la asesoría debida, en virtud de que es sumamente oportuno
conocer su trayectoria y los arraigos y vínculos familiares que le atan a nuestro país.
Acá el listado que circula a nivel internacional, sobre los países que han quedado
suspendidos para aplicar a visas de inmigración hacia los EE. UU, a saber:
Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas,
Bangladesh, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia, Brasil, Camboya, Camerún,
Cabo Verde, Colombia, República Democrática del Congo, Cuba, Dominica, Egipto,
Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán,
Irak, Costa de Marfil, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, Kirguistán, Laos,
Líbano, Liberia, Libia, Macedonia del Norte, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos,
Myanmar, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San
Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona,
Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay,
Uzbekistán y Yemen.
Apoyarse en normas legales para cada proceso será garantía de su elegibilidad, es el
momento de regularizar tu empresa, de ordenar las actas de estado civil, de acuerdo a la Ley
4-23, así como actualizar la cédula de identidad y electoral antes de aplicar para su nuevo
pasaporte electrónico.
Tus acciones van a definir el éxito de tus proyectos en este 2026, Dios les bendiga.Dra.
por; Dra. Carmen Herrera Medrano
Especializada en Derecho Migratorio


