SANTO DOMINGO.-El ministro de Salud Pública, Rafael Sánchez Cárdenas, anunció la emisión de la Resolución 0018, en virtud de la Ley 42-01 General de Salud, que declara epidémico el territorio nacional para controlar la propagación del coronavirus (COVID-19).
«Se dispone la suspensión de actividades económicas, sociales y recreativas desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. todos los días de la semana, con la excepción de algunas «, expresó.
De esa manera, quedan prohibidos los eventos comerciales, culturales, artísticos, deportivos en estadios, palacios de deportes, arenas, galleras y lugares similares; así como la apertura de casinos, bares y discotecas.– publicidad —
El incumplimiento de las medidas que dispone dicha resolución puede dar lugar a multas o clausura temporal de establecimientos, advirtió Sánchez Cárdenas en la webconferencia de prensa para dar a conocer el boletín especial número 103, sobre el comportamiento de la pandemia, al corte de las 6:00 de la tarde, del 29 de junio de 2020.
Educación debe continuar de manera virtual
La referida resolución establece, además, que la educación primaria, secundaria, universitaria, técnico-laboral y de cualquier otro subsistema debe continuar impartiéndose de forma virtual para evitar concentración de personas y posibles contagios.
“Los servicios religiosos podrán realizarse siempre respetando los protocolos de distanciamiento físico, el uso de mascarilla y las demás medidas de protección”, detalló el ministro.
Entrenamiento de atletas y gimnasios deben operar según protocolos Ministerio Deportes
Respecto a las actividades de entrenamiento y preparación física de atletas, gimnasios y la práctica de deportes cuyas reglas permitan el distanciamiento físico, dijo que “deberán llevarse a cabo en cumplimiento de los protocolos establecidos y de acuerdo con las directrices del Ministerio de Deportes”.
Sector productivo, sujeto a protocolos Comisión Alto Nivel
Con relación a los sectores productivos, empresarial y comercial, explicó que las operaciones estarán sujetas a los protocolos generales y sectoriales establecidos por la Comisión de Alto Nivel para el Control y la Prevención del Coronavirus y las normas del Ministerio de Salud Pública.
“Los hoteles y otros lugares de hospedaje deberán operar en estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para las actividades turísticas”, lo mismo para los restaurantes y clubes, indica el párrafo uno de la resolución.